Clausulas suelo: “Sentencia TJUE-21/12/2016”

La Justicia europea obliga a los bancos españoles a devolver todo el dinero cobrado por las cláusulas suelo

Esta mañana se ha conocido el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea por el que se obliga a los bancos a la devolución de las cantidades cobradas, como consecuencia de la denominada cláusula suelo, con  retroactividad desde el inicio de la firma de la hipoteca y no sólo desde el 9 de mayo de 2013 como dictaminó el Tribunal Supremo.

El fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sostiene que la limitación impuesta por nuestro Tribunal Supremo es contraria a la normativa comunitaria y, por tanto, las entidades financieras deben finalmente reintegrar a los afectados por las cláusulas suelo la totalidad del importe que se ha cobrado de más, desde el inicio de cada préstamo hipotecario.

La limitación en el tiempo que fijó en su día el Tribunal Supremo resulta, en palabras del Tribunal de Justicia: “una protección incompleta e insuficiente de los consumidores que no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de las cláusulas abusivas, en contra de lo que exige la directiva”.

Este fallo tiene serias repercusiones para el sector bancario, que según datos del Banco de España estarían obligados a devolver hasta 7.600 millones a los clientes. Si tu hipoteca tiene cláusula suelo, sin duda es el momento de iniciar las acciones legales para recuperar dichas cantidades.

Consulta la sentencia completa del TJUE

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