Canal de denuncias

¿Qué entidades están obligadas?

Entidades del sector público, incluyendo desde las Administraciones, organismos y entidades públicas vinculadas a estas, autoridades administrativas independientes, hasta las universidades públicas, corporaciones de Derecho Público, fundaciones públicas y sociedades mercantiles en cuyo capital social participación de entidades mencionadas sea superior al 50 por ciento.

  • Entidades del sector privado con cincuenta o más trabajadores.
  • Entidades del sector privado que se dediquen a:
    • Servicios, productos y mercados financieros.
    • Sujetos obligados en materia de prevención de blanqueo de capitales.
    • Seguridad del transporte aéreo, marítimo.
    • Petróleo y al gas mar adentro.

Contenido del canal de denuncias

Cualquier miembro de la entidad o externo que trabaje para ella puede informar acerca de las posibles acciones u omisiones constitutivas de una infracción en materia de:

  • Hacienda Pública y Seguridad Social.
  • Contratación pública.
  • Servicios, productos y mercados financieros, y prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
  • Seguridad de los productos y conformidad.
  • Seguridad del transporte.
  • Protección del medio ambiente.
  • Protección frente a las radiaciones y seguridad nuclear.
  • Seguridad de los alimentos y los piensos, sanidad animal y bienestar de los animales.
  • Salud pública.
  • Protección de los consumidores.
  • Protección de la privacidad y de los datos personales, y seguridad de las redes y sistemas de información.

Plazo para la implantación del canal de denuncias

Sector público y empresas con más de 249 trabajadores.

13 – junio – 2023

Empresas que cuenten entre 50 y 249 trabajadores.

1 – Diciembre- 2023

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¿Qué ocurre si no implanto el canal de denuncias cuando tengo obligación?

El incumplimiento de la obligación de disponer de un Sistema interno de información se considera una infracción muy grave sancionada con una multa entre 600.001 y 1.000.000 euros.

¿Cuales son las ventajas de implantar un canal de denuncias?

Garantizar la protección a los informantes, así como la confidencialidad del contenido de sus comunicaciones.

Fomentar la transparencia dentro de la entidad.

Mejorar la reputación frente a terceros y, en especial, frente a las Administraciones Públicas.

Permitir la detección e identificación temprana de riesgos o malas prácticas dentro de la entidad, con su correspondiente reducción de costes reputacionales y económicos.

IURIS CÁTEDRA

Contamos con un equipo de profesionales con un alto grado de especialización y dilatada experiencia profesional en la implantación de canales de denuncia, así como en la Sistemas de Gestión de Compliance Penal.

Con nuestros servicios de implantación y gestión de los canales de denuncia, aseguramos la protección del informante y el cumplimiento de las garantías previstas legalmente. Si desea más información, no dude en contactar con nosotros, estaremos encantados de atenderles.